Ley de Nietos: los cinco lugares en donde se puede tramitar la nacionalidad española

Además del Consulado General de España en Buenos Aires, hay otras cuatro sedes en el interior del país donde se podrán realizar todos los trámites vinculados con la Ley de Memoria Democrática.

El viernes 21 de octubre entró en vigor en España la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente en todo el mundo como la Ley de Nietos. El texto, a través de su Disposición Octava, posibilitará a miles de descendientes de españoles solicitar o recuperar su nacionalidad.

El Ministerio de Asuntos Exteriores del gobierno español informó que la nueva medida “amplía las opciones para la adquisición de la nacionalidad española para descendientes de quienes sufrieron el exilio”. Se calcula que beneficiará a unas 250.000 personas y en América Latina ya se recibieron más de 3000 consultas.

Dónde realizar el trámite en Argentina

Ante la gran cantidad de interesados, la Embajada de España en Argentina aclaró que “los trámites relativos a la Ley de Memoria Democrática (conocida como Ley de Nietos) son materia del Consulado”. En nuestro país existen cinco sedes que canalizarán todas las presentaciones.

Consulado General de España en Buenos Aires: Guido 1770.
Consulado General de España en Bahía Blanca: Drago 45, 4to piso.
Consulado General de España en Córdoba: Bulevar Chacabuco 875.
Consulado General de España en Mendoza: Agustín Álvarez 455.
Consulado General de España en Rosario: Santa Fe 768.

Quiénes pueden solicitar la ciudadanía europea

Si bien todavía no se dispusieron oficialmente los requisitos para obtener la ciudadanía española bajo esta nueva normativa, los principales puntos a tener en cuenta coinciden con la ley anterior.

No hay límite de edad.
Los solicitantes dispondrán de dos años para ser otorgada la ciudadanía, con una prórroga de un año para quienes lo soliciten.
Estarán contemplados aquellos que perdieron la nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la Constitución de 1978.

Cuáles son los requisitos para hijos directos de españoles

Personas que hayan nacido previo al 9/1/1985, padre o madre con natalicio fuera de España y que hayan obtenido la nacionalidad antes de que la persona naciera.
El ciudadano debe tener menos de 21 años, y el padre o la madre tienen que haber nacido fuera del territorio español y tener nacionalidad española previamente a que el aspirante naciera.
El solicitante tiene que ser menor de 20 años, y el padre o madre haya nacido fuera de España y realizado la nacionalidad española luego de que el aspirante naciera previamente a sus 18 años.

La documentación requerida para iniciar el trámite

Acta de opción por la nacionalidad española: está habilitada en la página web de los consulados españoles en Argentina.
Partida de nacimiento de progenitores españoles: en caso de que no esté anotado en el Registro Civil del Consulado o en un Registro Civil. El documento debe tener dos años de antigüedad y se obtiene a través del Ministerio de Justicia de España.
Partida de nacimiento del aspirante: dada por el Registro Civil argentino, tendrá que ser legitimada por el Ministerio del Interior (Ministerio de Relaciones Exterior en el caso de los nacidos de CABA) y contar con la apostilla de La Haya.
Acta de matrimonio de progenitores: en caso de que no haya este documento, se tendrá que mostrar la partida de nacimiento del padre o madre que no tenga nacionalidad española.
Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
DNI argentino del progenitor español.
DNI argentino del aspirante.

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