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Prisión perpetua para 5 de los 8 Rugbiers y 3 con una pena de 15 años de prisión

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Máximo Thomsen, Ciro y Luciano Pertossi, Enzo Comelli y Matías Benicelli fueron encontrados culpables de homicidio doblemente agravado y Lucas Pertossi, Ayrton Viollaz y Blas Cinalli como partícipes secundarios.

La justicia consideró que hubo premeditación y alevosía en el crimen a golpes de Fernando Báez Sosa, en la madrugada del 18 de enero de 2020 en la localidad balnearia de Villa Gesell, y condenó este lunes a la pena de prisión perpetua a cinco de los ocho rugbiers por homicidio doblemente agravado, mientras que a los otros tres los consideró partícipes secundarios.

Los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal 1 de la ciudad de Dolores, entendieron por unanimidad que Máximo Thomsen (23), Ciro Pertossi (22), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23) y Luciano Pertossi (21) fueron coautores del delito de «homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado por dos o más personas y por alevosía en concurso ideal de lesiones leves», mientras que Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23) y Lucas Pertossi (23) fueron considerados partícipes secundarios del mismo delito a una pena de 15 años de prisión.

En línea con los pedidos de la fiscalía y la querella, los jueces consideraron que en el crimen de Fernando Baéz Sosa los cinco condenados a perpetua actuaron con alevosía y de forma premeditada en esa madrugada en Villa Gesell, mientras que los otros tres tuvieron un rol en el asesinado, de acuerdo a los reglado por los artículos 80 incisos 2 y 6, 89, 54, 45 y 46 del Código Penal.

En ese sentido, la jueza Castro sostuvo que “para aplicar la agravante de mención basta la planificación con cierta anticipación -aún en momentos previos o concomitantes a la comisión del hecho- ya que no es necesario ‘que el acuerdo para matar en concurso haya sido objeto de una más o menos prolongada deliberación’”.

En otro tramo de la sentencia, sostuvo que “existió una convergencia de voluntades por parte de los acusados, quienes aprovechando el estado de indefensión en el que luego de los dos primeros golpes quedó la víctima, ya con claras intenciones de acabar con la vida Fernando Báez Sosa, continuaron agrediéndolo brutalmente, principalmente mediante violentas patadas dirigidas esencialmente a la cabeza y otras al cuerpo, como así también mediante golpes de puño, causándole lesiones de tal entidad que le provocaron la muerte”.

En cuanto a la premeditación del grupo de rugbiers, los jueces consideraron que “la pluralidad de intervinientes logró la disminución de actos de defensa en favor de Fernando Báez Sosa, dotando a los agresores de mayor peligrosidad, quienes aprovecharon también la mayor facilidad material que este panorama les brindaba para lograr su designio y esto fue previamente concertado”.

Para los jueces, ha quedado acreditado que “Fernando Báez Sosa murió como consecuencia de brutales golpes recibidos durante el breve ataque propinado por múltiples agresores luego de haber quedado inmovilizado, semi inconsciente, tras recibir los primeros golpes”.

En cuanto al pedido del abogado defensor de los rugbiers, Hugo Tomei, de que se califique como homicidio en riña, los jueces afirmaron que “se debe descartar de plano que haya existido una riña”. Y agregaron que “no se da la riña cuando, como en el presente caso, el acometimiento es de varios contra uno (o contra varios sujetos que se mantienen pasivos), pues no se verifica la reciprocidad de las acciones”.

Tras el fallo, el abogado querellante representando de los padres de Báez Sosa, Fernando Burlando, se mostró disconforme por el fallo que determinó que tres rugbiers fueran beneficiados por la figura de partícipes necesarios, analizó que «es un primer paso pero me hubiese gustado que la justicia se haya puesto los pantalones largos» y anticipó que apelará el fallo para que todos reciban la condena a reclusión perpetua.

Uno por uno, las ocho condenas a los rugbiers por el crimen de Fernando Báez Sosa

  • Máximo Thomsen (23): prisión perpetua, como coautor de «homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves».
  • Ciro Pertossi (22): prisión perpetua, como coautor de «homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves».
  • Enzo Comelli (22): prisión perpetua, como coautor de «homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves».
  • Matías Benicelli (23): prisión perpetua, como coautor de «homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves».
  • Luciano Pertossi (21): prisión perpetua, como coautor de «homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves».
  • Ayrton Viollaz (23): 15 años de prisión, como partícipe secundario de «homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves».
  • Blas Cinalli (21): 15 años de prisión, como partícipe secundario de «homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves».
  • Lucas Pertossi (23): 15 años de prisión, como partícipe secundario de «homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía, en concurso ideal con lesiones leves».

fuente C5n

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